Bases Legales  

Concurso "Haznos temblar" de Meliá by Patasbox

BASES LEGALES DEL CONCURSO “PATASBOX X MELIÁ HOTELS INTERNATIONAL”



1.- ORGANIZADOR.


El presente concurso (en adelante, el “Concurso”) lo organiza y promueve la entidad “Meliá Hotels International, S.A.” (en adelante el “ORGANIZADOR”) con domicilio social en c/Gremio Toneleros 24, 07009 Palma con número C.I.F. A-78304516, inscrita en el Registro Mercantil de Palma de Mallorca.


La participación en el CONCURSO se desarrolla en las cuentas o perfiles de la marca Patasbox abiertos en la red social Instagram, @patasbox, de acuerdo con lo establecido en las siguientes bases legales (en adelante las “Bases”).


Este CONCURSO no está de ningún modo patrocinada, administrada o asociada a Instagram. Al participar en la PROMOCIÓN, los usuarios aceptan que Instagram queda completamente exento de cualquier demanda o reclamación surgida en relación a dicha PROMOCIÓN.


2.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y FINALIDAD DE LA PROMOCIÓN.


La participación en este CONCURSO implica la aceptación, sin reservas, de todos y cada uno de los términos y condiciones contenidas en las presentes Bases. La finalidad de este concurso es promocionar y dar visibilidad al proyecto petfriendly by Meliá [Meliá Hotels & Resorts]


3.- FECHAS DE LA PROMOCIÓN.


La participación se llevará a cabo entre el día 1 de octubre de 2024 hasta el día 4 de noviembre de 2024.

El ORGANIZADOR se reserva el derecho a modificar estas Bases y las fechas de participación, ampliándolas o reduciéndolas y a suspender el CONCURSO, con la única obligación de comunicar tal decisión con anterioridad a la fecha de su terminación. 


4.- CONDICIONES DE LOS PARTICIPANTES DEL CONCURSO.


La participación en el CONCURSO es gratuita y pueden participar en ella todas las personas físicas que sean mayores de edad -+18 años-. Las personas que no cumplan estas condiciones no deben participar en el CONCURSO. En caso de participar serán descalificadas.


No podrán participar en este CONCURSO, los empleados del ORGANIZADOR, ni de las empresas de su grupo, proveedores o entidades colaboradoras en la realización de este CONCURSO, ni los familiares de estas personas en el primer grado de consanguinidad o afinidad. En caso de participar serán descalificados y desposeídos del premio que pudieran haber ganado.


Para participar y optar al premio del CONCURSO, los participantes deberán disponer de un dispositivo electrónico con conexión a internet siendo por cuenta del participante el coste de la conexión a internet desde su dispositivo electrónico. Los participantes no pueden crear cuentas ficticias en Instagram con la exclusiva finalidad de participar en el CONCURSO, ni proceder a la creación de cuentas a fin de presentar múltiples participaciones.


5.- MECÁNICA DE PARTICIPACION.


Para participar en el CONCURSO es necesario subir una foto a Instagram Feed del perro usando la careta de calabaza incluida en todas las cajas de Patasbox, mencionando a @patasbox y a @melia.hotels.international usando el #PetFriendlyByMelia. Es necesario cumplir con todos los pasos anteriores para entrar en el CONCURSO. Una misma persona puede participar tantas veces como se desee con fotos diferentes.


Publicación de comentarios u opiniones:


En el desarrollo del presente CONCURSO, los participantes velarán en todo momento por la imagen de excelencia de la marca. No se permitirán publicaciones que puedan molestar a terceros o suponer ilícitos (contrarias a la moral, con contenido sexual, ideológico o político; amenazar, denigrar, insultar, hacer comparaciones con otros establecimientos hoteleros o de restauración, etc.)


No se permitirán fotografías, comentarios u opiniones cuyo contenido se considere inadecuado, que sean ofensivos, injuriosos o discriminatorios o que pudieran vulnerar derechos de terceros. Tampoco se permitirán comentarios contra un particular que vulneren los principios de derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. No nos responsabilizaremos de los daños ocasionados por los comentarios que hagan los participantes en el CONCURSO, y que en cualquier momento pudieran herir la sensibilidad de otros participantes. De ocurrir lo anterior, los participantes serán descalificados.


El ORGANIZADOR no se hace responsable en ningún caso de la captación de datos personales en el supuesto de que en sus publicaciones aparezcan terceras personas afectadas. En este sentido, los participantes se comprometen a dar estricto cumplimiento a lo establecido en la normativa que en cada momento esté vigente en materia de protección de datos de carácter personal y derecho de imagen, comprometiéndose a mantener indemne al ORGANIZADOR de cualquier perjuicio, daño o responsabilidad en que incurra como consecuencia del incumplimiento de las presentes Bases. Asimismo, el ORGANIZADOR no se hace responsable de las publicaciones donde aparezcan menores de edad, debiendo ser los participantes de la PROMOCIÓN los encargados de obtener las autorizaciones correspondientes de sus tutores legales con arreglo a lo anterior, manteniendo indemne al ORGANIZADOR de cualquier perjuicio, daño o responsabilidad. 


6.- PREMIO.


Habrá un (1) ganador de un (1) premio que consiste en:


  • Cincuenta mil puntos (50.000) puntos MeliáRewards canjeables por noches de hotel o descuentos para dos (2) personas y su mascota para canjear por cualquier estancia en cualquiera de nuestros hoteles. 
  • Booking Window a partir del día que se lance el sorteo y hasta 31 de dic. de 2024. Para viajar hasta 1 de Junio de 2025. 

Para poder canjear el premio es requisito imprescindible que los ganadores tengan una cuenta MeliáRewards y una cuenta abierta en la red social Instagram. Si no es así, tendrán que crearla para poder recibir el premio.


El PREMIO no es canjeable por dinero, ni se permite el cambio, modificación o compensación, ni su cesión a terceros. El PREMIO no se entregará a personas distintas al participante que resulte ganador. El ORGANIZADOR se reserva el derecho de cambiar el PREMIO por otro de equivalente valor. El PREMIO podrá quedar desierto sin asignarles ganador, si los participantes no cumplen las condiciones y requisitos para ser participantes y ganadores en el CONCURSO. 


No se incluyen en el PREMIO los gastos adicionales que pudieran asociarse al disfrute del ganador, salvo los expresamente indicados anteriormente para cada uno, ni gastos de traslado de ningún tipo. El ORGANIZADOR no será responsable de ningún desplazamiento. el PREMIO será personal y NO podrá ser transferido.


El PREMIO en ningún caso, podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición del ganador. El PREMIO es personal e intransferible y no puede ser cedido ni cambiado por su contravalor en metálico.


Solo podrán ser ganadores todos aquellos que cumplan con los requisitos planteados en el punto 4 de las presentes Bases Legales.


El ORGANIZADOR se reserva el derecho a cambiar el carácter o cuantía del PREMIO en caso de que no sea posible, por motivos ajenos al mimo, la entrega del PREMIO especificado en las presentes Bases legales. En este caso, el ORGANIZADOR se compromete a que el/los nuevo(s) premio(s) sea(n) de iguales o superiores características a las del PREMIO anunciado y/o a que su valor económico sea igual o mayor al del PREMIO anunciados.


7.‐ CONCURSO.


Tras la finalización del tiempo para participación en el CONCURSO  el día 4 de noviembre de 2024, los ganadores serán elegidos bajo criterio interno del ORGANIZADOR, que tendrán en cuenta la creatividad de los participantes, y el nombre del ganador se comunicará a través de mensaje directo (DM) en la cuenta de Instagram de Patasbox.


Asimismo, se elegirá mediante idéntico sistema a uno o más ganadores sustitutos (hasta un total de tres (3) ganadores suplentes), para el caso en que el ganador elegido no aceptara el premio en el tiempo y la forma que se especifican en la cláusula 8 siguiente.


Booking Window a partir del día que se lance el sorteo y hasta 31 de dic. de 2024. Para viajar hasta 1 de Junio de 2025. 


8.- COMUNICACIÓN DEL PREMIO AL GANADOR.


Para acceder a su premio, desde @patasbox contactaremos a partir del 4 de noviembre 2024 hasta el 10 de noviembre con el ganador a través de mensaje directo (DM) a su cuenta de instagram (con la que ha participado), para ello, el usuario deberá tener abierto su perfil para poder responder. El ganador deberá aceptarlo en el plazo máximo de las setenta y dos (72) horas tras la comunicación en RRSS del ganador en las comentadas plataformas. 


En el supuesto en que (i) los datos personales o la dirección donde se hubiera notificado el PREMIO fueran incorrectos, (ii) el premiado no reclamara el PREMIO en plazo o no pudiera beneficiarse del mismo por cualquier causa, (iii) o se descalificara al ganador por incumplimiento de los términos de las Bases, o (iv) el ganador no aceptara en plazo el PREMIO, se perderá el derecho al PREMIO y se adjudicará el mismo al primer suplente resultante de un posterior concurso que cumpla los requisitos para ser participante y ganador en el CONCURSO. Así sucesivamente hasta llegar al tercer suplente en cuyo caso el PREMIO quedará desierto.


El ORGANIZADOR podrá solicitar al ganador cualquier información o documentación para acreditar que cumplen las condiciones para ser participante y ganador del CONCURSO, disponiendo el ganador de un plazo de dos (2) días naturales contados desde el envío de la solicitud para su entrega. En caso de no facilitar la información o documentación solicitada a satisfacción del ORGANIZADOR, o si tras comprobarla resulta que no cumplen con alguna de las condiciones para ser participante o ganador, quedará descalificado.


9.- POLÍTICA DE PRIVACIDAD APLICABLE A LA PROMOCIÓN.


  1. Participación en la PROMOCIÓN

Al participar en el CONCURSO, el participante acepta que el ORGANIZADOR trate sus datos para las siguientes finalidades: 


  • Gestionar su participación en el CONCURSO, el desarrollo de la misma, la designación del ganador y la entrega del PREMIO.

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para la realización de las finalidades para las que fueron recogidos, salvo que el usuario solicite su baja al ORGANIZADOR, se oponga o revoque su consentimiento de conformidad con lo establecido en estas bases. 


  1. Obligación de facilitar los datos

Los datos solicitados tendrán carácter obligatorio (salvo que se especifique lo contrario) para cumplir con las finalidades establecidas. 


Por lo tanto, si no se facilitan los mismos o no se facilitan correctamente el titular de los mismos no podrá participaren el presente CONCURSO. 


  1. Legitimación del tratamiento

El tratamiento de los datos del participante por parte del ORGANIZADOR para las finalidades antedichas está basado en el consentimiento que se le solicita y que puede retirar en cualquier momento. No obstante, en caso de retirar su consentimiento, ello no afectará a la licitud de los tratamientos efectuados con anterioridad.


  1. Comunicaciones de datos

Con su participación en el CONCURSO el ganador acepta participar en la publicidad relacionada con el CONCURSO de manera gratuita en el caso de que el ORGANIZADOR lo solicitara. En dicha publicidad será posible incluir, entre otros, el nombre del ganador, imágenes y comentarios usados en entrevistas, artículos de redes sociales y publicaciones en los medios de comunicación. El ganador acepta que el ORGANIZADOR pueda usar su nombre, las imágenes captadas o recibidas del ganador y cualquier comentario hecho por el ganador con el propósito de publicitar el CONCURSO sin tener la obligación de remunerar de ninguna manera al ganador (el ganador confirma que concede al ORGANIZADOR el derecho a utilizarlos con este fin).  


Asimismo, los datos del participante podrán ser comunicados a las siguientes entidades:


  • A empresas del Grupo MHI y Patasbox únicamente para fines administrativos internos y/o para las finalidades indicadas arriba.
  • A proveedores necesarios para el adecuado cumplimiento de las obligaciones legales y/o de las finalidades arriba indicadas.
  • A las Administraciones Públicas que por ley corresponda.

Los destinatarios indicados en el presente apartado pueden encontrarse ubicados dentro o fuera del Espacio Económico Europeo, encontrándose en este último caso debidamente legitimadas las transferencias internacionales de datos.


  1. Responsabilidad del participante

El participante garantiza que los datos aportados, en su caso, son verdaderos, exactos, completos y actualizados, siendo responsable de cualquier daño o perjuicio, directo o indirecto, que pudiera ocasionarse como consecuencia del incumplimiento de tal obligación. A estos efectos, el ORGANIZADOR informa que no realiza comprobaciones sobre la veracidad de los datos, por lo que se atenderá, en cada caso, a los datos introducidos por los participantes, sean veraces o no, y no responderá de las consecuencias de dichas falsedades o inexactitudes. 


El ORGANIZADOR no se hace responsable si el PREMIO se otorga a un participante ganador que no sea mayor de edad, porque haya ocultado o falseado los datos personales que se soliciten para su participación.  En el caso de que los datos aportados, en su caso, pertenecieran a un tercero, el participante garantiza que ha informado a dicho tercero de los aspectos contenidos en estas Bases y obtenido su autorización para facilitar sus datos al ORGANIZADOR para los fines señalados. Cualquier comunicación falsa de datos personales dará derecho al ORGANIZADOR a descalificar al ganador y a poder disponer del correspondiente PREMIO.


  1. Derechos del participante

El participante puede enviar un escrito al ORGANIZADOR a las oficinas corporativas de “Meliá Hotels International, S.A.” sitas en Calle Gremio Toneleros, 24, Pol. Son Castelló, 07009 Palma o bien por medio de un correo electrónico a la dirección lopd@melia.com, en ambos casos, con la Referencia “Protección de Datos  CONCURSO ‘’Haznos Temblar”, adjuntando fotocopia de su documento de identidad o pasaporte en vigor, en cualquier momento y de manera gratuita, para:


  • Revocar los consentimientos otorgados.
  • Obtener confirmación acerca de si el ORGANIZADOR está tratando datos personales que le conciernen o no.
  • Acceder a sus datos personales.
  • Rectificar los datos inexactos o incompletos.
  • Solicitar la supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos.
  • Obtener del ORGANIZADOR la limitación del tratamiento de los datos cuando se cumpla alguna de las condiciones previstas en la normativa de protección de datos.
  • Solicitar la portabilidad de sus datos.
  • Oponerse al tratamiento de sus datos.
  • Reclamar ante la Autoridad de Protección de Datos correspondiente cuando el interesado considere que el ORGANIZADOR ha vulnerado los derechos que le son reconocidos por la normativa aplicable en protección de datos. 

10.- FUNCIONAMIENTO Y COMUNICACIONES.


Además de las causas expresamente indicadas en estas Bases, el ORGANIZADOR no se hace responsable del mal funcionamiento y errores que pudieran surgir a la hora de participar en el CONCURSO, interrupciones, borrado o no grabación de las participaciones. Asimismo, el ORGANIZADOR no se hace responsable de cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que pueda deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de las redes de telecomunicaciones o las redes sociales.

Tampoco será responsabilidad del ORGANIZADOR si, siendo comunicado el ganador del PREMIO,  éste no consulte su dirección de correo electrónico, no acceda a su cuenta o perfil de la red social o por ser errónea o incompleta la dirección de email facilitada, o porque ésta no se haya consultado, se haya eliminado o este configurada de forma que clasifique como mensajes bloqueados o correo no deseado (spam), los mensajes o emails enviados por el ORGANIZADOR, restringiéndolos, borrándolos o no descargándolos.


11.- FISCALIDAD.


Al PREMIO del presente CONCURSO le son de aplicación las disposiciones contenidas en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre el Impuesto de Sociedades, sobre la Renta de los no residentes y sobre el Patrimonio. También le serán de aplicación las previsiones contenidas en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, que aprueba el vigente Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y demás disposiciones concordantes dictadas en su desarrollo. En su virtud, corresponderá a la promotora la realización del ingreso a cuenta del IRPF o la práctica de la retención oportuna, en aquellos casos en los efectivamente proceda.


De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en el presente CONCURSO de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o CONCURSO de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF, siempre que el valor del premio sea superior a trescientos (300’00 €) euros. A efectos aclaratorios, el ORGANIZADOR estará obligado a realizar las retenciones o ingreso a cuenta de IRPF correspondientes cuando el valor del PREMIO supere los trescientos (300’00 €) euros u otro importe conforme a la normativa aplicable en cada momento. Si el valor del PREMIO fuera inferior a dicha cantidad, el ORGANIZADOR no estará obligado a hacer las retenciones o ingreso a cuenta de IRPF correspondientes, lo que no exime al ganador del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.


Una vez aceptado el PREMIO, éste se devengará en imputación en especie aun en el caso en que el ganador no disfrute del mismo. El ganador será el único responsable de sus obligaciones frente a la Administración Tributaria. El ORGANIZADOR, tras la aceptación del PREMIO, no se hace responsable del disfrute o no del mismo por parte del ganador, eximiendo a éste de cualquier responsabilidad ante cualquier organismo, administración o institución.


En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, la promotora practicará el correspondiente ingreso a cuenta sobre el PREMIO entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante/ganador el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el PREMIO recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta, todo ello según establece la citada Ley 35/2006, de 28 de noviembre. En consecuencia, el ORGANIZADOR solo asume frente al contribuyente su obligación legal de efectuar el ingreso a cuenta, siendo de cuenta del contribuyente el cumplimiento de sus respectivas obligaciones tributarias.

A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).


Asimismo, se informa a los participantes/ganadores que deberán confirmar el día de su designación como tales sus datos personales, mostrando su DNI o documento válido de identificación en España. Con el fin de que puedan ser efectuados los ingresos a cuenta mencionados en los párrafos precedentes, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del PREMIO al recibir el mismo y entregar a la promotora fotocopia de su DNI o documento válido de identificación en España. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción o disfrute del PREMIO. 


La cumplimentación de los datos personales y fiscales de las participantes/ganadoras necesarias para la entrega del PREMIO tiene carácter legal y es obligatoria, de forma que la ausencia o negativa a justificar cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al PREMIO obtenido.


12.-RESPONSABILIDADES Y DESCALIFICACIÓN.


El ORGANIZADOR se reserva el derecho de descalificar a todos los participantes que actúen de forma abusiva y/o fraudulenta, y a cualquiera de los participantes que engañasen, ocultasen o falseasen los datos de participación, utilicen prácticas ilegales para conseguir perfiles que se sumen a su cadena tales como spam, creación de perfiles falsos, publicidad fraudulenta, pago por participar y cualquier otro que se considere que altera el buen funcionamiento del CONCURSO y la buena fe en la participación, así como a los participante que incumpliesen alguna de las condiciones de estas Bases.

 

El ORGANIZADOR también se reserva el derecho de verificar la identidad, para comprobar que no son ficticias o creadas específicamente para participar en el CONCURSO y/o para realizar múltiples participaciones en promociones, pudiendo el ORGANIZADOR, libremente y ante cualquier sospecha o indicio, descalificar a estos participantes que lleven a cabo estas prácticas.


El ORGANIZADOR no responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, catástrofes meteorológicas, guerras, epidemias, pandemias etc.) que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su PREMIO, quedando éste exento de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados. Asimismo, el ORGANIZADOR no se hace responsable bajo ninguna circunstancia de los servicios de cualquier otra compañía con la cual colabore para la entrega del PREMIO, ni de ningún acto u omisión no atribuidos al ORGANIZADOR, sus proveedores, subcontratistas, agentes o distribuidores. Cualquier reclamación relacionada con dichos servicios y/o compañías deberán tramitarse directamente con la compañía proveedora.


El ORGANIZADOR no asume responsabilidad alguna ante ninguna pérdida o daño resultante de la negligencia de un ganador o invitado durante el disfrute del PREMIO.


13.- RED SOCIAL INSTAGRAM, FACEBOOK Y/O TWITTER.

Instagram, Facebook y/o Twitter no patrocinan, avalan ni administran de modo alguno este CONCURSO, ni están asociados a ella, quedando Instagram, Facebook y Twitter exoneradas de toda responsabilidad. 


14.- GENERALES.

Para cualquier cuestión o consulta sobre el CONCURSO los participantes y ganadores se pueden poner en contacto con el equipo de Patasbox enviando un mensaje privado a cualquier de las redes sociales planteadas anteriormente en el punto 8 del presente documento. 


15.- LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN.


Estas Bases del CONCURSO se rigen por la Ley Española. Los participantes aceptan que cualquier controversia que pudiera surgir por la interpretación o ejecución de las bases se someterá expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y/o Tribunales de Palma de Mallorca, con renuncia a su propio fuero si lo hubiera.